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El gobierno de Aragón ha aprobado el proyecto de Ley de Medidas Relativas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Se prevé que entre en vigor el 1/1/2019. Se calcula que solo el 0,67% de los aragoneses pagaran con este impuesto.

La novedad más importante es que habrá una exención de hasta 500.00,00 euros para cónyuges, ascendientes o descendientes.

Esta cantidad estará exenta del 100% en las herencias que reciban los cónyuges, ascendientes y descendientes de las personas que fallezcan en la comunidad aragonesa. La exención de 500.00,00 euros será mayor en el caso de que los herederos tengan una discapacidad de entre el 33% y el 65%, elevándolo hasta los 575.000 euros. Si el heredero tiene una discapacidad superior al 65%, no pagara nada. El texto también suprime la condición de que el patrimonio preexistente del contribuyente no podía exceder de 402.678,11 euros.

En el caso de hijos menores de edad de la persona fallecida, la reducción de 500.000,00 euros se incrementaría en 150.000,00 euros por cada hijo menor de edad que conviva con él.

Se amplía la reducción a descendientes de distinto grado como nietos y ulteriores y se recoge una reducción del 100% para la adquisición de la vivienda habitual de quién fallece y se eleva el límite de 125.000 euros a 200.000 euros. De la reducción se beneficiarán a su vez los parientes colaterales mayores de 65 años (hermanos) que vivan juntos en la casa familiar.

También regulan las herencias vinculadas a la fiducia. Se aplaza el pago del tributo hasta que el fiduciario designe los herederos y se produzca el reparto de los bienes correspondientes.

También se equiparán las uniones de parejas estables no casadas a la conyugalidad, siempre que hubieran convivido 4 años.

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