La Dirección General de Tributos en Consulta Vinculante V1236-18, de 11 de mayo, estima que si bien el criterio general es que la reducción del 60% por arrendamiento de vivienda no es de aplicación a los arrendamientos por temporada, en relación con las viviendas para estudiantes, se puede entender que no se está ante un arrendamiento de temporada si, como en el caso concreto analizado, el alquiler se pacta por más de un año y la cesión del inmueble tiene como finalidad primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda del estudiante durante el período de estudios.
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