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Impuesto de sucesiones y donaciones en Aragón
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Proyecto de información y actualidad empresarial y profesional
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Al pensar en cómo crear una empresa es inevitable pensar en la presión fiscal, los  impuestos que incurren en la empresa o en esa posible actividad empresarial o profesional, como pagar lo justo, ahorrando todo lo posible y cuales son los límites para cada impuesto que marca la Ley.

Sin embargo el verdadero ahorro fiscal sólo puede conseguirse, a nuestro juicio, aprovechando al máximo las posibilidades que ofrece la legislación vigente y planificarlo fiscalmente.

Los principios que regulan una empresa

Por lo tanto de principio, me debo de hacer las siguientes preguntas:

  1. ¿Para qué sirve la planificación fiscal?
  2. ¿Cómo puedo llegar a obtener verdaderos ahorro, diferimientos de pagos o créditos fiscales?
  3. ¿Cómo  puedo prever las consecuencias fiscales de mis decisiones económicas?
  4. ¿Cómo puedo implantar una mínima planificación fiscal en mi despacho empresarial o profesional.?

Tenemos por tanto dentro de la organización que pretendemos implantar dos  situaciones:

1º Situacion interna

  • Recursos humanos
  • Recursos materiales
  • Recursos financieros
  • Conocimientos tecnológicos
  • Conocimientos de dirección o gerenciales.

2º  Objetivos a corto y medio plazo

Productos y servicios a producir y a obtener.

3º Situacion externa actual y posible evolucion

Demanda de servicios, su estrategia de aplicación, y su posible  y futura evolución.

En principio vamos  a tratar  solamente del  estudio y análisis  de los RECURSOS FINANCIEROS Y FICALES.

Podemos distinguir  entre la estrategia fiscal al inicio de la actividad empresarial o profesional y la estrategia  final, una vez que la actividad empresarial o profesional ya ha sido iniciada.

En el caso de que la actividad ya ha sido iniciada, la estrategia fiscal consistirá en determinar que forma jurídica de sociedad tendrá mas ventajas económicas desde el punto de vista fiscal, considerando de forma global su situación patrimonial.

tipos de empresas

Así pues habrá de decidir entre  éstas principales formas jurídicas:

  1. Sociedades Civiles
  2. Sociedades Limitadas
  3. Sociedades Anónimas
  4. Sociedades Limitadas Nueva Empresa
  5. Sociedades Cooperativas
  6. Empresa Individual—Personas Física.
  7. Emprendedor de Responsabilidad Limitada * E.R.L.*
  8. Sociedad Limitada Laboral
  9. Sociedad Anónima Laboral

Una vez establecida ésta estrategia de asignación básica de actividades económicas a las distintas actividades jurídicas o personales existentes o a crear de nuevo, se podrás pasar a continuación a la planificación fiscal operacional, que consiste esencialmente en la previsión anual de Cuenta de Resultados fiscales y la declaración de  Renta  de Personas Físicas y/ o de Sociedades, para controlar las desviaciones y  tomando  en función de los datos obtenidos a practicar acciones correctas, consignando  el objetivo de pagar el mínimo de impuestos dentro de la legalidad vigente.

Asesoria laboral Zaragoza

Cualquier empresa, sea del tamaño  que sea, (excepto las muy pequeñas que están sujetas al impuesto de estimación objetiva), tienen la obligación de  llevar una contabilidad, por imperativo legal, ajustada al Plan General de Contabilidad, y efectuar una serie de impuestos (impuesto sobre el valor añadido, impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades, etc.), lo que significa que por el procedimiento que sea, interno o externo, con asesores fiscales, gestores o con su propia estructura empresarial-profesional que le permita  de una u otra forma realizar  las declaraciones y llevar la mencionada contabilidad. La diferencia entre una empresa y otra  estriba en que mientras que una delega totalmente  estos menesteres o trabajos en el exterior, otra los  asumen  íntegramente  existiendo entre éstos dos polos una variada gama de situaciones.

Entonces, ¿por que son importantes las cuestiones fiscales en una empresa?

La cuestión entre estos momentos se plantea  de la siguiente manera:

  1. ¿ Por qué tengo que profundizar en los aspectos fiscales ?
  2. ¿Por qué tengo que realizar éste esfuerzo de asimilación de la normativa fiscal  vigente, que nunca estaré plenamente actualizado por la variante  y constante información legislativa?.¿Merece la pena?
  3. ¿Por qué esforzarme en llevar los propios libros contables y realizar uno mismo las declaraciones?.

La respuesta a todas éstas preguntas es muy simple.

  • En el impuesto sobre sociedades se tributa al 25% sobre el beneficio y el 30% si son patrimoniales.
  • En el impuesto sobre la renta de las personas físicas, entre el 24,70% y el 52%
  • Retención sobre la renta del capital 19%.
  • Impuestos municipales

Si de los beneficios producidos, antes y después de su obtención se pagan cuantiosos impuestos no tiene ningún sentido olvidarse de la fiscalidad como si no nos afectara y fuese un aspecto secundario.

Por otro lado, ¿podemos modificar las cantidades a pagar  estudiando las posibilidades  que ofrece la aplicación de la normativa legal vigente? Tiene la  normativa legal vigente,  flexibilidad  o alternativas suficiente para que uno mismo, haciendo uso inteligente  de dicha flexibilidad, pueda conseguir pagar menos impuestos¿

Creemos sinceramente que la respuesta a éstas preguntas es positiva, es decir, se puede pagar menos impuestos estudiando todas y cada una de las variadas y extensas normativas y aplicarlas a nuestro caso en particular. Permitiendo de alguna manera  amplias ventajas y ahorros fiscales para  el despacho profesional o la empresa.

A continuación resumimos sucintamente el ropaje jurídico mínimo necesario conocer para la decisión de formar una actividad profesional o empresarial:

Debe tenerse en cuenta que independientemente de la forma que se adopte , número de socios, capital etc., es importante conocer las responsabilidad civil o penal que incurre en cada una de las formas adoptadas.

Tipos de empresas

 

 

FORMA

 

Nº DE SOCIOS

 

CAPITAL MINIMO

 

RESPONSABILIDADES

 

EMPRESARIO INDIVIDUAL

 

1

 

NO HAY LIMITE LEGAL

 

 

ILIMITADA

 

SOCIEDAD ANONIMA

 

1

 

60.000 €

 

LIMITADA AL CAPITAL SOCIAL APORTADO

 

 

SOCIEDAD ANONIMA LABORAL

 

3

 

60.000 €

 

LIMITADA AL CAPITAL SOCIAL  APORTADO

 

SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA LABORAL

 

3

 

3.000 €

 

LIMITADA AL CAPITAL SOCIAL APORTADO

 

SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA

 

1

 

3.000€

 

LIMITADA AL CAPITAL SOCIAL  APORTADO

 

SOCIEDAD COLECTIVA

 

2 A 50

 

MAXIMO 300.506 €

 

ILIMITADA

 

 

¿Hablamos?