Donaciones
Las donaciones, se consideran cuando se produce una transmisión a título gratuito intervivos.
El impuesto de donaciones es un Impuesto personal, subjetivo, directo y progresivo que tiene por objeto los incrementos patrimoniales inter vivos obtenidos por las personas físicas a título no oneroso.
En las donaciones en vida podemos incluir todos aquellos bienes que queramos siempre que se reserve lo necesario para vivir en un estado apto. Por el contrario, no podemos incluir los bienes futuros. Como ya hemos mencionado anteriormente, el Código Civil establece que no se puede dar ni recibir más de lo que nos tocaría por testamento, pues hay que tener en cuenta y respetar los factores de la legítima en el reparto de la herencia.
El impuesto sobre sucesiones y donaciones es un tributo que se encuentra cedido a las comunidades autónomas, y que como consecuencia de esta cesión y de todo lo que ello implica, cada comunidad autónoma tiene competencias normativas sobre el impuesto que en su territorio recauda.
Desde el Grupo Astede les asesoramos sobre las diversas formas de formalizar una donación, así mismo le realizamos el cálculo, liquidación y presentación del impuesto sobre Donaciones
De la misma manera, le prestaremos asistencia en Notaria, y la realización de recursos y reclamaciones ante la Hacienda de la Comunidad Autónoma que corresponda.
En caso de ser necesario, le representaremos y prestaremos asistencia ante procedimientos de inspección o comprobación tributaria.