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como crear una empresa
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Nace esta idea para tener constantemente informados a nuestros clientes en las diversas vicisitudes que aparecen diariamente en la laboriosidad de nuestra profesión u oficio. Unas veces podemos resolverlas por nuestros propios medios y otras necesitamos la ayuda de alguien, que a veces no la tenemos a mano.

Vamos a presentar tres divisiones o departamentos. Todos ellos vinculados a la empresa en su máximo aspecto, tanto profesional como empresarial.

El primero será la fiscalidad de la empresa, que tratará en su planteamiento contable, financiero y analítico de balances.

El segundo será la seguridad social, que tratará de la seguridad social del personal en su máximo aspecto, tanto del propio personal como del Autónomo.

El tercero será el de seguros, que tratará de cómo invertir. Invertir bien, con seguridad y rentabilidad, analizando en un amplio abanico de posibilidades como invertir, donde, cuando y que seguridad me ofrece. Todo ello con amplios estudios comparativos en todos los productos que existen en el mercado, en ese momento y que bancos o compañías de seguros me lo garantizan.

¿Has presentado ya tu declaración de la renta y patrimonio? ¿Estás satisfecho o resentido de la cuantía que has abonado al estado?

Vamos a analizar las incidencias de las fiscalidad en la creación de una empresa, su ropaje fiscal y jurídico. Al plantearse el inicio de una actividad empresarial deben analizarse numerosas cuestiones: planificación laboral y fiscal, estrategias de marketing y publicidad, posibles autorizaciones administrativas para ejercer la actividad, y numerosos problemas y  vicisitudes que han de surgir hasta tener la actividad en pleno funcionamiento.

Entre  éstas cuestiones, una de la que reviste mayor importancia es la de escoger la forma  jurídica de la empresa. De la opción que escojamos depende en su mayoría  el resto de cuestiones.

En primer lugar se ha de decidir y es muy importante si la actividad ha de ser como PERSONA FÍSICA O JURÍDICA. Y si opta por sociedad mercantil o civil. En éste momento se ha de valorar , entre otros los siguientes aspectos:

1ª) RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS ASOCIADAS

Se optará  por una forma jurídica u otra, según el grado de responsabilidad que se quiera asumir.

  • Limite del capital aportado.
  • Sociedad anónima
  • Sociedad limitada
  • Sociedad  anónima laboral
  • Sociedad limitada laboral

 

2ª)  LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD

Ilimitada, o ilimitada, afectando tanto al patrimonio  mercantil como al patrimonial o personal: Empresario individual, Comunidad de bienes, Sociedad colectiva, Sociedad civil, etc.

 3º ) NUMERO DE SOCIOS

Cuando son mas de uno los  promotores es aconsejable  constituir una  sociedad. Ya se comentará mas adelante como, cuantos y de que manera. Se debe tener presente que para cada tipo de sociedad, la Ley exige un número determinado de socios y de capital inicial en su constitución.

4º ) TAMAÑO DEL PROYECTO

En función del tamaño  económico del proyecto  a desarrollar,  es aconsejable recurrir a varios promotores.  Así   mismo  se debe tener en cuenta que para constitución de una sociedad limitada es mínimo en capital de 3000€, para una anónima 60.000€, etc. Para una limitada el mínimos de socios son dos, aunque se puede constituir con un solo socio. Siendo la forma jurídica unipersonal.

Cómo se constituye la fiscalidad de una empresa

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